Cúal es la nueva normativa para los patinetes eléctricos

¿Existe alguna reglamentación para ir en patinete eléctrico?
En abogado Barcelona te explicamos la nueva normativa de cara al 2021 sobre los patinetes eléctricos.
En los tiempos en los que estamos, es notorio el desarrollo tecnológico y sus avances. Los progresos cada vez son mayores, y los patinetes hoy en día van sujetos a un motor eléctrico.
El nuevo modelo de movilidad por las calles ha revolucionado el mercado, y cada vez son más personas quienes adquieren uno de estos. La respuesta al porqué de su adquisición sería la sostenibilidad de dicho transporte, el ser económico, sencillo y veloz, pero no hay que olvidar de que tan solo tiene dos ruedas con lo que su estabilidad se ve afectada además de ser más vulnerable.
La reglamentación sobre los patinetes eléctricos todavía no es la más adecuada ya que el producto vehicular es muy reciente. A partir del 2 de enero de 2021, las nuevas medidas aprobadas por el Gobierno en el Real Decreto, serán vigentes.
Estas medidas eran necesarias para que la seguridad se viera reforzada, ya que anteriormente (a la norma precedente a este 2 de enero de 2021) los usuarios se veían algo más desprotegidos, especialmente los niños.
Los cambios de regulación de Tráfico se aprobaron con intención de unificar criterios y deshacer el despropósito con que estos vehículos móviles estén regidos bajo Ordenanzas Municipales de cada municipio, haciendo así la asimilación de las normas por parte de los usuarios más difícil.
Los cambios regulatorios de tráfico se basan principalmente en estos tres básicos pilares:
– Los patinetes y MVP, con una rueda o más, y única plaza, se verán obligados a cumplir las normas de la vía en cuanto a circulación.
Por consiguiente, sus conductores también se verán obligados a someterse a pruebas de alcoholemia como si de cualquier tipo de conductor se tratase, además de conducir sin teléfonos móviles con los que interactuar, no llevar auriculares, etc.
– Dichos vehículos deberán circular entre 6 y 25km/h no pudiendo superar esta última. La circulación de los patinetes estará permitida en la calzada, y no en aceras, vías interurbanas, travesías, autovías, túneles urbanos y autopistas.
– Deberán poseer un certificado, un documento con un código QR que justifique que el patinete eléctrico cumple con las condiciones técnicas y optimas para poder circular, próximamente incluido en el manual de características (recogida en una resolución de la Dirección General de Tráfico).
Este certificado pasará a ser obligatorio dos años tras la publicación de la resolución de Dirección General de Tráfico y no desde 2021.
Hasta la fecha, la edad de los conductores no se verá afectada por un mínimo legal, a su vez, llevar casco será opcional y no obligatorio por el momento.
Todo y que el director de la Dirección General de Tráfico (DGT) tiene intención de cambiar algún que otro aspecto de la normativa para aumentar la seguridad de los usuarios, tal como la edad, la obligación de llevar casco, el uso de chalecos reflectantes, etc.
Si has tenido algún accidente con un patinete eléctrico, no dudes en contactar con un abogado especializado en accidentes de tráfico.
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